Glosario
(EXW) EN FÁBRICA"En Fábrica" significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del comprador en el establecimiento del vendedor o en otro lugar convenido (es decir, taller, fábrica, almacén, etcétera), sin despacharla para la exportación ni cargarla en un vehículo receptor.
(FCA) FRANCO TRANSPORTISTA"Franco Transportista" significa que el vendedor entrega la mercancía, despachada para la exportación, al transportista nombrado por el comprador en el lugar convenido. Debe observarse que el lugar de entrega elegido influye en las obligaciones de carga y descarga de la mercancía en ese lugar. Si la entrega tiene lugar en los locales del vendedor, éste es responsable de la carga. Si la entrega ocurre en cualquier otro lugar, el vendedor no es responsable de la descarga.
(FAS) FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE"Franco al Costado del Buque" significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es colocada al costado del buque en el puerto de embarque convenido. Esto quiere decir que el comprador ha de soportar todos los costes y riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde aquel momento. El término FAS exige al vendedor despachar la mercancía en aduana para la exportación.
(FOB) FRANCO A BORDO"Franco A Bordo" significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido. Esto quiere decir que el comprador debe soportar todos los costes y riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde aquel punto. El término FOB exige al vendedor despachar la mercancía en aduana para la exportación. Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías navegables interiores. Si las partes no desean que la entrega de la mercancía se efectúe en el momento que sobrepasa la borda del buque, debe usarse el término FCA. (CFR) COSTE Y FLETE"Coste y Flete" significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque. El vendedor debe pagar los costes y el flete necesarios para llevar la mercancía al puerto de destino convenido, PERO el riesgo de pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier coste adicional debido a sucesos ocurridos después del momento de la entrega, se transmiten del vendedor al comprador.
(CIF) COSTE, SEGURO Y FLETE"Coste, Seguro y Flete" significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido. El vendedor debe pagar los costes y el flete necesarios para llevar la mercancía al puerto de destino convenido, PERO el riesgo de pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier coste adicional debido a sucesos ocurridos después del momento de la entrega, se transmiten del vendedor al comprador. No obstante, en condiciones CIF el vendedor debe también procurar un seguro marítimo para los riesgos del comprador por pérdida o daño de la mercancía durante el transporte.
(CPT) TRANSPORTE PAGADO HASTA"Transporte Pagado Hasta" significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del transportista designado por él; pero además, que debe pagar los costes del transporte necesario para llevar la mercancía al destino convenido. Esto significa que el comprador asume todos los riesgos y cualquier otro coste contraidos después de que la mercancía haya sido entregada.
(CIP) TRANSPORTE Y SEGURO PAGADOS HASTA"Transporte y Seguro Pagados hasta" significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del transportista designado por él mismo, pero debe pagar además los costes del transporte necesarios para llevar la mercancía al destino convenido. Esto significa que el comprador asume todos los riesgos y cualquier otro coste adicional que se produzca después de que la mercancía haya sido entregada. No obstante, bajo el término CIP el vendedor también debe conseguir un seguro contra el riesgo que soporta el comprador por la pérdida o daño de la mercancía durante el transporte.
(DAF) ENTREGADA EN FRONTERA"Entregadas en Frontera" significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es puesta a disposición del comprador sobre los medios de transporte utilizados y no descargados, en el punto y lugar de la frontera convenidos, pero antes de la aduana fronteriza del país colindante, debiendo estar la mercancía despachada de exportación pero no de importación. El término "frontera" puede usarse para cualquier frontera, incluida la del país de exportación. Por lo tanto, es de vital importancia que se defina exactamente la frontera en cuestión, designando siempre el punto y el lugar convenidos a continuación del término DAF.
(DES) ENTREGADA SOBRE BUQUE"Entregada Sobre Buque" significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es puesta a disposición del comprador a bordo del buque, no despachada de aduana para la importación, en el puerto de destino convenido. El vendedor debe soportar todos los costes y riesgos inherentes al llevar la mercancía al puerto de destino acordado con anterioridad a la descarga. Si las partes desean que el vendedor asuma los costes y riesgos de descargar la mercancía, debe usarse el término DEQ.(DEQ) ENTREGADA EN MUELLE"Entregada En Muelle" significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es puesta a disposición del comprador, sin despachar de aduana para la importación, en el muelle (desembarcadero) del puerto de destino convenido. El vendedor debe asumir los costes y riesgos ocasionados al llevar la mercancía al puerto de destino convenido y al descargar la mercancía sobre muelle (desembarcadero). El término DEQ exige del comprador el despacho aduanero de la mercancía para la importación y el pago de todos los trámites, derechos, impuestos y demás cargas exigibles a la importación.
(DDU) ENTREGADA DERECHOS NO PAGADOS"Entregada Derechos No Pagados" significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía al comprador, no despachada de aduana para la importación y no descargada de los medios de transporte, a su llegada al lugar de destino convenido. El vendedor debe asumir todos los costes y riesgos contraidos al llevar la mercancía hasta aquel lugar, diversos de, cuando sea pertinente, cualquier derecho (término que incluye la responsabilidad y los riesgos de realizar los trámites aduaneros, y pagar los trámites, derechos de aduanas, impuestos y otras cargas) exigible a la importación en el país de destino. Ese "derecho" recaerá sobre el comprador, así como cualquier otro coste y riesgo causados por no despachar oportunamente la mercancía para la importación.
(DDP) ENTREGADA DERECHOS PAGADOS"Entregada Derechos Pagados" significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía al comprador, despachada para la importación y no descargada de los medios de transporte, a su llegada al lugar de destino convenido. El vendedor debe soportar todos los costes y riesgos contraidos al llevar la mercancía hasta aquel lugar, incluyendo, cuando sea pertinente, cualquier "derecho" (término que incluye la responsabilidad y los riesgos para realizar los trámites aduaneros, y el pago de los trámites, derechos de aduanas, impuestos y otras cargas) exigibles a la importación en el país de destino.
sábado, 26 de abril de 2008
Indice de Formatos
Carta Compromiso de presentación del Poder para segundos embarques MarítimosSolo aplica para embarques Marítimos y es requerida cuando se presenta ante la aduana carta poder para un primer embarque, en la cual el importador se compromete a presentar en un segundo embarque el Poder Notariado.
Carta de Renuncia Aérea Persona JurídicaEs requerida cuando el consignatario designa a otro la propiedad de la mercancía.
Carta de Renuncia Aérea Persona NaturalEs requerido cuando el consignatario designa a otro la propiedad de la mercancía.
Carta de Renuncia Marítima Persona JuridicaEs requerido cuando el consignatario designa a otro la propiedad de la mercancía.
Carta de Renuncia Marítima Persona NaturalEs requerido cuando el consignatario designa a otro la propiedad de la mercancía.
Carta Poder Aèrea de Importaciòn Persona JurídicaEs el documento a través del cual el Importador autoriza al Agente de Aduana a actuar en su nombre ante la Aduana.
Carta Poder Aèrea de Importaciòn Persona NaturalEs el documento a través del cual el Importador autoriza al Agente de Aduana a actuar en su nombre ante la Aduana.
Carta Poder Marítima de ImportaciónEs el documento a través del cual el Importador autoriza al Agente de Aduana a actuar en su nombre ante la Aduana.
Modelo de Certificado de UsoSe requiere para ingresar al paìs efectos personales y vehìculos bajo el règimen de "Equipaje"
PoderDocumento que confiere Poder al Agente de Aduana, para actuar ante las autoridades aduaneras en representación del propietario de la mercancía.
Requisitos y Normas Para Importación De Vehículos Bajo El Régimen de EquipajeEstablece los requisitos y normativas para introducir vehículos al Territorio Nacional bajo el régimen de equipaje.
Requisitos Para Solicitar Autorización de Admisión Temporal (AT)Son los documentos necesarios para solicitar la autorización al SENIA de ingreso de mercancía temporalmente. al paìs.
Requisitos Para Solicitar Autorización de Admisión Temporal Para Perfeccionamiento Activo (ATPA)Son los documentos necesarios para solicitar la autorización al SENIA de ingreso de mercancía temporal, sujetas a transformaciones o mejoras.
Requisitos Para Solicitar Autorización de Exportación Temporal (ET)Son los documentos necesarios para solicitar la autorización al SENIA de salida de mercancía temporalmente.
Requisitos Para Solicitar Información (Consulta) Sobre Precios Referenciales Para La Importación De VehículosOficio requerido para determinar el valor en aduana del vehiculo, el mismo que suministra el precio del vehiculo en estado nuevo y a su vez el depreciado si así se requiere.
Fuente Grupo Giraud.
http://www.grupogiraud.com/?module=descargas&PHPSESSID=02c7694ecf160167c6ddba8ec39db758
Carta de Renuncia Aérea Persona JurídicaEs requerida cuando el consignatario designa a otro la propiedad de la mercancía.
Carta de Renuncia Aérea Persona NaturalEs requerido cuando el consignatario designa a otro la propiedad de la mercancía.
Carta de Renuncia Marítima Persona JuridicaEs requerido cuando el consignatario designa a otro la propiedad de la mercancía.
Carta de Renuncia Marítima Persona NaturalEs requerido cuando el consignatario designa a otro la propiedad de la mercancía.
Carta Poder Aèrea de Importaciòn Persona JurídicaEs el documento a través del cual el Importador autoriza al Agente de Aduana a actuar en su nombre ante la Aduana.
Carta Poder Aèrea de Importaciòn Persona NaturalEs el documento a través del cual el Importador autoriza al Agente de Aduana a actuar en su nombre ante la Aduana.
Carta Poder Marítima de ImportaciónEs el documento a través del cual el Importador autoriza al Agente de Aduana a actuar en su nombre ante la Aduana.
Modelo de Certificado de UsoSe requiere para ingresar al paìs efectos personales y vehìculos bajo el règimen de "Equipaje"
PoderDocumento que confiere Poder al Agente de Aduana, para actuar ante las autoridades aduaneras en representación del propietario de la mercancía.
Requisitos y Normas Para Importación De Vehículos Bajo El Régimen de EquipajeEstablece los requisitos y normativas para introducir vehículos al Territorio Nacional bajo el régimen de equipaje.
Requisitos Para Solicitar Autorización de Admisión Temporal (AT)Son los documentos necesarios para solicitar la autorización al SENIA de ingreso de mercancía temporalmente. al paìs.
Requisitos Para Solicitar Autorización de Admisión Temporal Para Perfeccionamiento Activo (ATPA)Son los documentos necesarios para solicitar la autorización al SENIA de ingreso de mercancía temporal, sujetas a transformaciones o mejoras.
Requisitos Para Solicitar Autorización de Exportación Temporal (ET)Son los documentos necesarios para solicitar la autorización al SENIA de salida de mercancía temporalmente.
Requisitos Para Solicitar Información (Consulta) Sobre Precios Referenciales Para La Importación De VehículosOficio requerido para determinar el valor en aduana del vehiculo, el mismo que suministra el precio del vehiculo en estado nuevo y a su vez el depreciado si así se requiere.
Fuente Grupo Giraud.
http://www.grupogiraud.com/?module=descargas&PHPSESSID=02c7694ecf160167c6ddba8ec39db758
Carta de no producción Nacional

Caracas, de de 20
Señores:
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Y EL COMERCIO
Su Despacho.-
Yo ____________, portador de la C.I. ________, en mi carácter de presidente de _____________________, Agente de Aduana publicado en Gaceta Oficial # ________ Res. ______ de fecha _________. Me dirijo a Usted en representación de la ____________________________, a fin de que nos informe lo siguiente:
Mediante solicitud emitida al SENIAT bajo el número ___________del____ de ______ de 20. Se solicitó la exoneración de impuestos de importación de mercancías correspondiente al organismo del gobierno antes mencionado, en virtud de que se trata de mercancía ___________________________, ahora bien, la Gerencia de Desarrollo Tributario nos informo que se deben dirigir a la DIRECCIÓN DE INDUSTRIA a fin de solicitar la CERTIFICACIÓN DE LA NO PRODUCCIÓN NACIONAL de los equipos a importar, razón por la cual nos dirigimos a Usted, con el propósito de que sea certificada la misma.
Agradeciendo la atención prestada y en espera de sus buenos oficios, se despide,
Atentamente,
Señores:
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Y EL COMERCIO
Su Despacho.-
Yo ____________, portador de la C.I. ________, en mi carácter de presidente de _____________________, Agente de Aduana publicado en Gaceta Oficial # ________ Res. ______ de fecha _________. Me dirijo a Usted en representación de la ____________________________, a fin de que nos informe lo siguiente:
Mediante solicitud emitida al SENIAT bajo el número ___________del____ de ______ de 20. Se solicitó la exoneración de impuestos de importación de mercancías correspondiente al organismo del gobierno antes mencionado, en virtud de que se trata de mercancía ___________________________, ahora bien, la Gerencia de Desarrollo Tributario nos informo que se deben dirigir a la DIRECCIÓN DE INDUSTRIA a fin de solicitar la CERTIFICACIÓN DE LA NO PRODUCCIÓN NACIONAL de los equipos a importar, razón por la cual nos dirigimos a Usted, con el propósito de que sea certificada la misma.
Agradeciendo la atención prestada y en espera de sus buenos oficios, se despide,
Atentamente,
viernes, 25 de abril de 2008
Carta Renuncia Para Embarques Maritimos P.N.

CARTA DE RENUNCIA PARA EMBARQUES MARITIMOS
PERSONA NATURAL
Indicar Fecha
Señores:
Gerencia de Aduana Principal
de La Guaira.
Su Despacho.-
Ref.: Carta Renuncia
Estimado Ciudadano:
Yo, , portador(a) de la cédula de Identidad Nº , por medio del presente escrito, “Renuncio”, al embarque abajo indicado, a favor de “ ”, de conformidad con lo establecido en el articulo 32 de la Ley Orgánica de Aduanas y 102 del Reglamento de la misma Ley.
B/L :
BUQUE :
FECHA :
CONTENEDOR(S) :
BULTO(S) :
CONTENIDO :
PESO :
Kgrs.
Agradeciendo sus buenos oficios, se despide,
Atentamente,
C.I.:
PERSONA NATURAL
Indicar Fecha
Señores:
Gerencia de Aduana Principal
de La Guaira.
Su Despacho.-
Ref.: Carta Renuncia
Estimado Ciudadano:
Yo, , portador(a) de la cédula de Identidad Nº , por medio del presente escrito, “Renuncio”, al embarque abajo indicado, a favor de “ ”, de conformidad con lo establecido en el articulo 32 de la Ley Orgánica de Aduanas y 102 del Reglamento de la misma Ley.
B/L :
BUQUE :
FECHA :
CONTENEDOR(S) :
BULTO(S) :
CONTENIDO :
PESO :
Kgrs.
Agradeciendo sus buenos oficios, se despide,
Atentamente,
C.I.:
Carta Compromiso de Presentación del Poder

CARTA COMPROMISO DE PRESENTACIÒN DEL PODER PARA EMBARQUES DE IMPORTACIÒN MARITIMOS
Indicar Fecha
Señores:
Gerencia de Aduana Principal
de La Guaira
Su Despacho.-
Ref.: Carta Compromiso de Presentación del Poder
Estimado Ciudadano:
Quien suscribe, en su carácter de _________________ de la empresa “ ”, debidamente inscrita en el Registro Mercantil _________ de la Circunscripción Judicial en fecha . Por medio del presente escrito, nos comprometemos ante Usted a presentar Poder Notariado Original, para los próximos embarques, debido a que la mercancía que a continuación se indica es nuestro primer embarque y actualmente se está tramitando dicho Poder.
B/L :
BUQUE :
FECHA :
CONTENEDOR(S) :
BULTO(S) :
CONTENIDO :
PESO :
Kgrs.
Nota: Primer Embarque
Agradeciendo sus buenos oficios, se despide,
Atentamente,
C.I.:
Indicar Fecha
Señores:
Gerencia de Aduana Principal
de La Guaira
Su Despacho.-
Ref.: Carta Compromiso de Presentación del Poder
Estimado Ciudadano:
Quien suscribe, en su carácter de _________________ de la empresa “ ”, debidamente inscrita en el Registro Mercantil _________ de la Circunscripción Judicial en fecha . Por medio del presente escrito, nos comprometemos ante Usted a presentar Poder Notariado Original, para los próximos embarques, debido a que la mercancía que a continuación se indica es nuestro primer embarque y actualmente se está tramitando dicho Poder.
B/L :
BUQUE :
FECHA :
CONTENEDOR(S) :
BULTO(S) :
CONTENIDO :
PESO :
Kgrs.
Nota: Primer Embarque
Agradeciendo sus buenos oficios, se despide,
Atentamente,
C.I.:
viernes, 7 de diciembre de 2007
Artículo 34. Ajustes
Artículo 34. Ajustes.
1. En aquellos casos que no se disponga de valores de transacción de mercancías idénticas, vendidas al mismo nivel comercial y sustancialmente en las mismas cantidades que las mercancías objeto de valoración, se efectuarán los ajustes que resulten necesarios, por las diferencias existentes por los conceptos de nivel
comercial y/o cantidad, entre la mercancía importada y la mercancía idéntica considerada. De igual manera se deberán hacer ajustes
para tener en cuenta las diferencias que puedan existir, por costos y gastos de transporte y seguro, resultantes de diferencias de modalidades y distancia, tal es el caso, cuando las mercancías idénticas han sido exportadas de un país distinto del país de exportación de las mercancías objeto de valoración.
2. Cualquier ajuste que se efectúe como consecuencia de diferencias de nivel comercial o de cantidad, ha de cumplir la condición, tanto si conduce a un aumento como a una disminución de valor, de que se haga sobre la base de datos objetivos y cuantificables, que demuestren claramente que el ajuste es razonable y exacto.
3. Se considerarán como datos objetivos y cuantificables, entre otros, los que estén
contenidos en listas de precios vigentes y fidedignos en las que se indiquen los precios
correspondientes a diferentes niveles comerciales y cantidades. Dichas listas deberán ser comprobadas con otras importaciones efectuadas a esos precios.
1. En aquellos casos que no se disponga de valores de transacción de mercancías idénticas, vendidas al mismo nivel comercial y sustancialmente en las mismas cantidades que las mercancías objeto de valoración, se efectuarán los ajustes que resulten necesarios, por las diferencias existentes por los conceptos de nivel
comercial y/o cantidad, entre la mercancía importada y la mercancía idéntica considerada. De igual manera se deberán hacer ajustes
para tener en cuenta las diferencias que puedan existir, por costos y gastos de transporte y seguro, resultantes de diferencias de modalidades y distancia, tal es el caso, cuando las mercancías idénticas han sido exportadas de un país distinto del país de exportación de las mercancías objeto de valoración.
2. Cualquier ajuste que se efectúe como consecuencia de diferencias de nivel comercial o de cantidad, ha de cumplir la condición, tanto si conduce a un aumento como a una disminución de valor, de que se haga sobre la base de datos objetivos y cuantificables, que demuestren claramente que el ajuste es razonable y exacto.
3. Se considerarán como datos objetivos y cuantificables, entre otros, los que estén
contenidos en listas de precios vigentes y fidedignos en las que se indiquen los precios
correspondientes a diferentes niveles comerciales y cantidades. Dichas listas deberán ser comprobadas con otras importaciones efectuadas a esos precios.
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